Protección de Datos
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• La Ley Orgánica de Protección de    Datos de Carácter Personal 15/1999,    de 13 de Diciembre ( LOPD ).
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de    Diciembre.

En el día a día de la gestión de nuestro negocio, la informática y las telecomunicaciones han ido con el paso del tiempo, ganando protagonismo.

Hoy resulta difícil que en una empresa se maneje una máquina de escribir, y se producen auténticas conmociones cuando se “caen” los sistemas informáticos, imposibilitando la emisión de facturas, albaranes, etc.

Con esa misma naturalidad, casi sin ser conscientes de ello, hemos ido almacenando bien directamente en nuestros sistemas, bien a través de datos cedidos a nuestra asesoría, datos de nuestros clientes, proveedores, empleados, …,que son necesarios para nuestra gestión.

Datos que deben protegerse

  • Datos de protección básica, como el nombre, el apellido, domicilio, NIF, etc.

  • Datos de protección media, como datos económicos, académicos, bancarios, etc., es decir datos que van más allá de la mera identificación de la persona.

  • Datos de protección alta, como datos de salud, religión, raza, orientación sexual, afiliación sindical o política, etc… que son datos sensibles, pues atribuyen a la persona una información complementaria que es susceptible de una protección jurídica especial.


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